Desde la eliminación del deber de inscripción en el RUCA, ahora los sujetos que deban emitir la “Liquidación Primaria de Granos” deben estar...
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Se establece que ante la eliminación del RUCA el régimen especial de emisión electrónica de la “Liquidación Primaria de Granos”, a fin de respaldar las operaciones de compraventa de granos no destinados a la siembra -cereales y oleaginosos- y legumbres secas -porotos, arvejas y lentejas- será obligatorio para quienes estén inscriptos en el “Sistema de Información Simplificado Agrícola – SISA. La permanencia de los contribuyentes y/o responsables en el presente régimen se extenderá mientras conserven sus respectivas categorías como operadores que intervengan en la cadena de comercialización alcanzada. Vigencia: 3-9-2024 el día de su publicación en el Boletín Oficial. Aplicación: […]
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